Tribunal Electoral amonestará a Delfina y multan a Alejandra
del Moral
Edoméx en Línea/Teotihuacán en Línea. Toluca. Un mes después de celebrados los comicios por la gubernatura del Estado de México, el Tribunal Electoral del Estado de México sigue resolviendo quejas que presentaron los partidos durante el periodo de campaña comprendido entra abril y mayo, y el de precampaña, que inicio a mediados de enero y culminó a principios de febrero. Este martes, los magistrados aprobaron multar al PRI y a su candidata, Alejandra del Moral por ser reincidente en el uso de menores de edad en su propaganda electoral y también se amonestó a Delfina Gómez, y dirigentes de Morena, PT y PVEM por acreditarse actos anticipados de campaña, por un acto proselitista celebrado el 14 de enero en Toluca, cuando la morenista inició su precampaña.
Los magistrados que integran el Tribunal también dieron vista a la contraloría del Poder Legislativo para que imponga sanciones a varios presidentes municipales que violaron disposiciones del articulo 134 constitucional al haber asistido a actos proselitistas de alguna candidata o hecho manifestaciones abiertas de apoyo a alguna de las contendientes por la gubernatura.
Durante la sesión de este martes donde se resolvieron más de 50 expedientes, el pleno del Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM). Uno de los primeros fue un expediente que devolvió la Sala Superior del TEPJF en contra de Alejandra del Moral por la aparición de niños y niñas en su propaganda electoral, lo cual está prohibido por la ley electoral. Los magistrados, que en primer momento solo emitieron amonestaciones a la candidata y al PRI por esta violación a la norma, ahora resolvieron multar a Alejandra Del Moral equivalente a 10 Unidades de Medida (UMAs), es decir, mil 37 pesos; mientras que el PRI deberá cubrir una multa correspondiente a 50 UMAs, lo que significan 5 mil 187 pesos.
En otro asunto, los magistrados impusieron una amonestación pública a Delfina Gómez, a Morena, al PT y al PVEM, partidos que la postularon a la gubernatura mexiquense, por la colocación de propaganda electoral en un edificio público municipal en Temascaltepec.
También se resolvió uno de los primeros Procedimientos Especiales Sancionadores que se iniciaron en este periodo electoral, donde el PAN acusó a Delfina Gómez, Horacio Duarte, Higinio Martínez, Mario Delgado y José Couttolenc de actos anticipados de campaña por un mitin celebrado el pasado 14 de enero en el centro de Toluca.
Aquel acto político correspondía al inicio de la precampaña de la morenista Delfina Gómez y tras el análisis de los hechos denunciados y las pruebas aportadas por el denunciante se pudo concluir que sí se configuraban actos anticipados de campaña, por lo cual los magistrados electorales impusieron una amonestación a Delfina Gómez, en su carácter de precandidata y posterior candidata a la gubernatura por la coalición Juntos Hacemos Historia.
También se ordenó dar vista de los hechos a la Unidad de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral (INE) para que contabilice este acto multitudinario dentro de los gastos de campaña de Delfina Gómez.
La amonestación también alcanzó a Horacio Duarte, en su papel de coordinador de campaña; Higinio Martínez, como delegado especial de Morena; Mario Delgado como dirigente del partido guinda y José Couttolenc como dirigente estatal del PVEM.
En la resolución de otros Procedimientos Especiales Sancionadores, el Tribunal resolvió que la contralora del ayuntamiento de Texcoco, Noemí Dávila Orozco incurrió en violaciones al artículo 134 constitucional al hacer manifestaciones de apoyo a favor de la candidata de Morena, PT y PVEM al gobierno mexiquense, Delfina Gómez, a través de mensajes difundidos en la red social de Facebook, motivo por el cual el TEEM dio vista a la Contraloría del Poder Legislativo para que imponga la sanción correspondiente.
También resolvió dar vista a la Contraloría del Poder Legislativo por la conducta desplegada por el alcalde de Ixtapan del Oro, quien acudió a un acto de campaña de la morenista Delfina Gómez, vulnerando así los principios de imparcialidad que le impone la ley electoral y también se dio vista de actos similares perpetrados por el director de comunicación social del ayuntamiento de Joquicingo y del director de gobernación de ese ayuntamiento, por lo que también se dio vista de estas conductas a la Contraloría del Poder Legislativo para que imponga las sanciones que corresponden
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