Se permite portar cinco gramos de marihuana para consumo
personal: SCJN
Teotihuacán en Línea/Edomex en Línea. Redacción. La Suprema
Corte de Justicia de la Nación declaró por tres votos contra dos; inconstitucional
la penalización por posesión de más de 5 gramos de marihuana, siempre y cuando esta
sea para consumo personal. Los magistrados se pronunciaron a favor de invalidar
una porción del artículo 478 de Ley General de Salud, de acuerdo con la cual se
debe castigar con hasta tres años de prisión a quien rebase esa cantidad. La
Corte precisó que serán los fiscales y jueces quienes determinen en cada caso
si la droga portada es para consumo personal
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