Frenan, otra vez, “indefinidamente” Santa Lucía
Teotihuacán en Línea. El juez Quinto de Distrito en Materia
Administrativa suspendió este jueves por tiempo indefinido la construcción del
Aeropuerto Internacional de Santa Lucía (AISL) hasta que se dicte sentencia
para determinar si fue legal la cancelación del Nuevo Aeropuerto Internacional
de México (NAIM) en Texcoco.
Juan Carlos Guzmán Rosas, el juez que concentra todos los
amparos por este caso, otorgó dos suspensiones definitivas al colectivo
#NoMásDerroches. En una de sus resoluciones, no se deja lugar a iniciar la
ejecución de las obras una vez que se presenten estudios de impacto ambiental,
aeronáutico, arqueológico o cualquier otro que dependa del propio Gobierno.
En tanto, la suspensión también ordena conservar las obras
de Texcoco en el estado en que se encuentran, por lo que no pueden ser
inundadas, como se ha planteado para el proyecto de un parque ecológico.
De acuerdo con el colectivo #NoMásDerroches, con esta nueva
medida cautelar obtenida, la construcción del AISL tendrá que esperar a que se
resuelva el juicio de amparo de manera definitiva. La defensa jurídica de dicho
colectivo, aseveró que antes de iniciar la construcción de Santa Lucía y el
desmantelamiento de las obras en Texcoco, el Poder Judicial de la Federación
debe determinar si la decisión del Gobierno cumple con los principios de
eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez en el gasto público,
como lo indica el artículo 134 de la Constitución.
La organización auspiciada por Mexicanos Unidos contra la
Corrupción, sostuvo que el trámite completo del juicio de amparo puede tomar
más de un año, pues el Gobierno tendrá que probar y sustentar múltiples
aspectos técnicos y económicos de la decisión de cancelar el NAIM y la conveniencia
del sistema AISL-AICM-Aeropuerto de Toluca. No obstante, el Gobierno de México
puede impugnar la suspensión definitiva ante un tribunal colegiado, que tomará
al menos de dos a tres meses para resolver.
Guzmán retomó la sentencia dictada este lunes por el Sexto
Tribunal Colegiado en Materia Administrativa en la queja 248/2019, al revocar
una negativa de suspensión provisional dictada inicialmente por el juez. Dentro
del expediente deberá valorarse, el interés social que justifica la suspensión que
pasa por el eficiente y racional ejercicio de los recursos públicos, en tanto
que la obra de Texcoco implicó cuantiosos recursos públicos, precedidos de
múltiples acciones de planeación, presupuestación y autorizaciones (incluso
bajo el más riguroso marco legal aplicable a cuestiones plurianuales), que le
habrían dotado de una presunción de legalidad, pertinencia y oportunidad. El
Tribunal Colegiado resolvió que la decisión es la cancelación de una obra
autorizada, presupuestada y en ejecución, sobre todo de la magnitud de la que
versa el presente juicio, precisamente por la cuantiosa pérdida que implica de
recursos, exige por eso mismo que se trate de una motivación reforzada
Después dirán que si se vuelve hacer.Esto lo hubieran hecho desde el principio
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