Hasta 70 años de cárcel, por crímenes de odio, aprueban diputados
Teotihuacán en Línea. Toluca. En su última sesión de segundo
periodo ordinario de sesiones, el pleno de la 60 Legislatura del Estado de
México aprobó este martes reformas al Código Penal mexiquense para tipificar
los crímenes de odio contra grupos vulnerables, los cuales podrán alcanzar
penas de cuarenta a setenta años de cárcel e incluso prisión perpetua.
La iniciativa presentada por el grupo parlamentario de
Morena fue respaldada por unanimidad de todas las bancadas quienes avalaron que
se castiguen con penas severas el homicidio y lesiones derivados de la
orientación sexual distinta, raza, edad, identidad étnica y religiosa.
La propuesta fue analizada por la comisión de Gobernación y
Puntos Constitucionales, quien determinó agravar los tipos penales de homicidio
y lesiones cuando estos se cometan por odio.
El dictamen aprobado determina para el caso de lesiones, se
aplicarán penas de seis meses a dos años de prisión, y de cincuenta a ciento
cincuenta días de multa. En el caso del delito de homicidio con ensañamiento,
crueldad o de odio manifiesto motivado por discriminación, aversión o rechazo a
la víctima por su condición social o económica, religión, origen étnico, raza,
discapacidad, orientación sexual o identidad de género de la víctima, se le
impondrán de cuarenta a setenta años de prisión o prisión vitalicia y de setecientos
a cinco mil días multa
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