Cuidado con los cobros en las tarjetas de crédito
Teotihuacán en Línea. Dulce María Cervantes. Conocer nuestra
tarjeta de crédito y la mejor forma de pagar con ella parece algo muy básico;
sin embargo, no se trata de conceptos que todos los mexicanos entiendan.
Alrededor del noventa y ocho por ciento conoce su límite de crédito, ochenta y
seis por ciento tiene clara su fecha de corte, y 79% de los usuarios de
plásticos conoce los intereses que paga, según Encuesta sobre el uso de
tarjetas de crédito en México de la Fundación de Estudios Financieros (Fundef).
Aunque de manera aislada se entienden estos parámetros,
llama la atención que en la práctica, no tanto. Un ejemplo de esto es que sólo
cuatro de cada diez sabe qué opción ofrece menos intereses en un préstamo de
mil pesos: tres meses con una tasa de 40% y tres meses con tasa cero, o seis
meses con una tasa de 30% (siendo la más barata la primera).
Por ello, además de tener claros los cobros elementales del
plástico, hay que conocer cómo se aplican en su estado de cuenta, más allá de
otros gastos como el pago de la anualidad, y la disposición de crédito en
efectivo.
Fechas y pagos
A decir de Raúl Aceves, asesor financiero independiente, uno
de los mayores puntos donde la gente se confunde es en el pago mínimo, y el
pago para no generar intereses.
Hay dos fechas que debemos tener claras: el día de corte, y
el día de pago. La fecha de corte es el día en que termina un estado de cuenta
y comienza el siguiente (y que casi siempre es el mismo), mientras que la fecha
de pago es cincuenta días naturales después del corte.
Es importante conocer ambos momentos para saber cómo
funcionan los pagos mínimos. Este pago se refiere a la cantidad que el banco
solicita en cada fecha de corte para que el crédito se considere al corriente,
sin atrasos, pero ojo: esto no implica que no se generen comisiones.
Recordemos que a partir del 4 de enero del 2013, hay dos
formas de calcular los pagos mínimos: el equivalente de 1.5% del saldo adeudado
(que no incluye compras a meses sin intereses o a pagos fijos) al corte del
periodo, más los intereses y el Impuesto al Valor Agregado; o bien, el
equivalente a 1.25% del límite de la línea de crédito.
El banco usará ambos cálculos, y aplicará el que resulte más
alto. Recuerde que el acreedor tiene la obligación de informarle al
cuentahabiente cuál de las dos fórmulas usó.
Para tener una mayor certeza sobre cuál sería su pago mínimo
en distintos escenarios, el especialista recomendó usar la Calculadora de Pagos
Mínimos de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de
Servicios Financieros (Condusef), que con base en ésos parámetros, le dará un
estimado de a cuánto ascendería su adeudo.
Aunque la recomendación es pagar un poco más del mínimo (ya
que de no saldarse, tendremos que cubrir gastos de cobranza, pues el adeudo no
está siendo pagado en forma), ésta debería ser una alternativa de emergencia
para que nuestro adeudo no se descontrole, ya que a menor pago, mayor plazo del
adeudo, y más intereses.
La única forma de evadir comisiones adicionales es hacer el
pago para no generar intereses, con el que se evitan montos extra en el
siguiente corte. Cuando no se hace un pago de por lo menos el monto mínimo
requerido por el banco, se pagan intereses, calculando el saldo promedio diario
adeudado y multiplicándolos por la tasa de interés acordada.
“Muchos creen que con hacer el pago mínimo están haciendo un
buen uso de su tarjeta, cuando el mejor hábito consiste en hacer cada mes el
pago para no generar intereses, y de esta manera aprovechar los cincuenta días
de financiamiento gratuito que otorgan los plásticos”, refirió Aceves.
Advierte Condusef
Cobros de más por pagar con tarjeta deben ser denunciados
Cuando una persona pague con tarjeta de débito o crédito en
algún establecimiento, y éste le quiera hacer un cargo mayor por ello, no hay
ley que sancione el acto, pero el usuario tampoco queda indefenso.
A decir de la Condusef, estos montos, conocidos como tasa de
descuento, son comisiones que las empresas de Terminal de Punto de Venta cobran
a los comercios, y que éstos transfieren al usuario.
Si bien no está prohibido, los contratos de las Terminales
sí prohíben que este cobro se transfiera al usuario, por lo que cuando se
identifique este acto, lo correcto es presentar una queja ante la institución
dueña de la Terminal.
Además, la comisión exhortó a cancelar la compra y acudir a
un comercio donde no se hagan estos cargos
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