Faltas graves y no graves para servidores públicos en el nuevo Tribunal de Justicia Administrativa
Teotihuacán en Línea. Toluca. La nueva Ley de
Responsabilidades Administrativas que castigará los actos de corrupción que
cometen los servidores públicos en el estado de México contempla diecinueve
faltas consideradas no graves que deberán ser sancionadas por los órganos de
control interno o la
Secretaría de la Contraloría Estatal
y ocho faltas graves cuyas sanción deberá ser emitida por el Tribunal de Justicia
Administrativa.
El nuevo Sistema Estatal Anticorrupción también contempla
sanciones a los particulares que incurran en algunas de las ocho conductas que
se estipulan en este ordenamiento. Las sanciones para las faltas
administrativas no graves puedes ser castigadas con una amonestación pública,
la suspensión del empleo, la destitución y hasta la inhabilitación temporal
para ocupar cargo alguno y las faltas graves con la suspensión del empleo, la
destitución, la sanción económica y la inhabilitación definitiva para ocupar
cargo público alguno.
El castigo para los particulares se centran en sanciones
económicas e inhabilitación para participar en adquisiciones, servicios u obras
públicas según corresponda.
Faltas no graves
De acuerdo con el articulo 50 de la nueva Ley de
Responsabilidades Administrativas, incurre en una falta no grave, el servidor
público que con sus actos u omisiones incumpla o transgreda algunas
obligaciones como no cumplir con funciones encomendadas; no denunciar actos que
llegara advertir que puedan constituir faltas administrativas; desatender las
instrucciones de sus superiores y no presentar en tiempo y forma su declaración
3de3, es decir, la patrimonial, la de intereses y acreditar haber presentado la
fiscal.
También, se podrá sancionar como una falta no grave, no
rendir cuentas sobre el ejercicio de sus funciones, solapar irregularidades en
la asignación de contratos, procesos de licitación, no resguardar la
información que tenga a su cargo y hasta no tener un trato respetuoso con sus
subalternos, entre otras.
Faltas graves
Las faltas graves consideradas por la Ley de Responsabilidades
Administrativas son el cohecho, el peculado, el desvío de recursos, el uso
indebido de la información, el abuso de funciones, cometer o tolerar conductas
de hostigamiento y acoso sexual, actuar bajo conflicto de intereses;
contratación indebida, enriquecimiento oculto u ocultamiento de conflicto de
intereses, tráfico de influencias, encubrimiento, desacato y obstrucción de la
justicia.
Las faltas administrativas graves cometidas por particulares
y que podrá ser sancionadas por el Tribunal de Justicia Administrativa son el
soborno, la participación ilícita en procedimientos administrativos, el tráfico
de influencias para inducir a la autoridad, el uso de información falsa, la
obstrucción de facultades de investigación, la colusión, el uso indebido de
recursos públicos y la contratación indebida de ex servidores públicos
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