Tribunal amonesta a Josefina y sanciona a Isidro Pastor
Teotihuacán en Línea. Redacción. Toluca. En sesión pública
del Pleno del Tribunal Electoral del Estado de México se resolvió un juicio
instado por el Partido Revolucionario Institucional en contra del Partido
Acción Nacional y Josefina Vázquez Mota, por la supuesta pinta de propaganda
electoral en lugar prohibido por la norma (equipamiento carretero), en el
municipio de Huixquilucan.
En la sentencia quedó debidamente acreditada la colocación
de propaganda electoral de la candidata en cuestión, en lugares prohibidos por
la norma; esto es, en nueve muros de contención y en dos taludes; como
consecuencia de lo anterior, se amonestó públicamente tanto al Partido Acción
Nacional, así como a su candidata Josefina Vázquez Mota.
Nueva Alianza, por su parte, presentó queja en contra de
Isidro Pastor Medrano, por la probable violación a la normativa electoral,
consistente en el uso de símbolos religiosos durante la etapa de obtención de
apoyo ciudadano, al realizar un acto en una casa donde se expusieron símbolos
religiosos.
En la sentencia se tuvo por acreditada la violación objeto
de la denuncia, en tanto que existe una confesión expresa del denunciado en el
tenor de que dicha reunión aconteció y además que en la misma se estaba en
presencia de símbolos religiosos; por lo que era obligación del otrora
aspirante a candidato independiente, cerciorarse que en los actos públicos y
privados relativos a la obtención del apoyo ciudadano, se cumpliera con la
normatividad atinente, entre los que se encuentra, el no uso de símbolos
religiosos; como consecuencia, se impuso a Isidro Pastor Medrano una multa de
mil días de medida y actualización vigente
Isidro pues que le sabes a tu partido que no te dejan en paz
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