Conagua debe demostrar pruebas de eficacia en inundación del 2011: SCJN
Teotihuacan en línea. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Comisión Nacional del Agua (Conagua) es la encargada de demostrar que no incurrió en omisión o en actos administrativos irregulares en los juicios de amparo, presentados en su contra, por su actuación durante la inundación ocurrida en 2011 en el estado de México por el desbordamiento del canal de la Compañía.
Así lo determinó la segunda sala de la SCJN, al resolver cinco amparos presentados por diversos funcionarios de la Comisión Nacional del Agua y de su organismo de Cuenca de Aguas del Valle de México, en los que los ministros revocaron la sentencia emitida en el sentido de hacer válidas las multas en contra de las autoridades, y devolvieron los juicios a un tribunal colegiado, a fin de que éste resuelva, con los lineamientos aprobados por los ministros respecto a la responsabilidad patrimonial del Estado.
Con las sentencias, “Únicamente procede dicha responsabilidad cuando los daños causados por las autoridades se produzcan con motivo de una actividad administrativa irregular, es decir, aquella que por su acción u omisión incumpla con las obligaciones legales establecidas o por el funcionamiento defectuoso de un servicio”, aseveraron los juristas.
La sala precisó que la distribución de las cargas probatorias, correspondiendo al particular acreditar el daño y la causa que lo motivó, en tanto que el Estado debe demostrar la regularidad de su actuación
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