Sin control en expedición de cartas de no antecedentes penales: Miguel Ángel Contreras Nieto
Teotihuacan en línea. Toluca. Miguel Ángel Contreras Nieto, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma del Estado de México, autor del libro La identificación criminal y el registro de antecedentes penales en México, editado por la Máxima Casa de Estudios mexiquense, subrayó que la nociva práctica de la expedición indiscriminada de la carta de antecedentes no penales, contraviene el sentido lógico-jurídico del estudio de la identificación criminal.
Contreras Nieto señaló que en las condiciones actuales cada estado lleva su particular registro de antecedentes penales y en los casos en que un individuo, habiendo sido condenado por los tribunales de una entidad federativa, muda su lugar de residencia a otro y comete un nuevo delito, resulta utópica la idea de que puedan hacerse efectivas las consecuencias jurídicas de la reincidencia y habitualidad, toda vez que se carece de un control general.
El autor expuso que las certificaciones del registro de antecedentes penales, atendiendo a la razón de su origen, deben ser expedidas por regla general a petición debidamente fundada y motivada por una autoridad competente y, excepcionalmente a particulares, cuando éstos acrediten que son necesarias para el ejercicio de un derecho o el cumplimiento de un deber establecido de manera legal. En este sentido, el registro de antecedentes penales permite tener el conocimiento de los sentenciados, sus datos generales y de media filiación, así como su modus operandi, elementos sin duda, valiosos en la ansiada procuración y administración de justicia penal, conservando en todo momento el respeto a los derechos humanos, concluyó Miguel Ángel Contreras Nieto
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Para Teotihuacán en Línea, su opinión es muy valiosa. Basado en la libertad de expresión, su anonimato será respetado. Le sugerimos no usar palabras soeces ni referencias a la vida privada de los demás, únicos limitantes en la libertad de terceros.
Por favor, comparta su opinión