Diputados aprueban beneficios en juicios civiles
Adición de un párrafo al artículo 2.109 al Código de Procedimientos Civiles del Estado de México
Teotihuacan en línea. Toluca. El Pleno de la LVII Legislatura del Estado de México aprobó que los jueces en materia civil, prevengan al demandante, cuando en su escrito omita alguno de los requisitos que debe contener, impidiendo que tenga que presentarlo nuevamente o le sea rechazado. La iniciativa que adicionó un segundo párrafo al artículo 2.109 del Código de Procedimientos Civiles de la entidad, garantiza el mandato constitucional que reconoce el derecho de toda persona a que se le administre justicia de manera pronta, completa e imparcial. Anteriormente, el Código de Procedimientos Civiles no consideraba esta situación, ya que los juzgadores aplicaban sus propios criterios cuando uno de los requisitos no había sido cumplimentado; en ocasiones se dictaban autos de prevención para que se subsanarán las deficiencias, o bien la daban por rechazada, lo que generaba múltiples inconvenientes, en perjuicio de quien alegaba tener el derecho de iniciar una demanda, detallaron diputados autores de las iniciativas
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