Estímulos fiscales a población abierta y grupos vulnerables
Los ayuntamientos podrán otorgar subsidios en diferentes porcentajes
Teotihuacan en Línea. Paolo Sampayo. Toluca. Subsidios por el pago puntual o anticipado del predial o el suministro de agua potable a personas de escasos recursos, adultos mayores, jubilados y pensionados, menores de edad y viudas, entre otros grupos vulnerables, así como bonificaciones diversas a empresarios y comerciantes sujetos al pago de derechos por el uso de vías y áreas públicas que regularicen adeudos y multas causados en ejercicios fiscales anteriores a 2008, son algunos de los beneficios considerados por la Legislatura estatal en la aprobación de Ley de Ingresos de los Municipios para 2011.Además de estos estímulos, la Ley de Ingresos de los municipios no agrega nuevas contribuciones ni impuestos, medida que busca aliviar la carga económica de las familias mexiquenses. El documento integra la propuesta de ampliar la base de beneficios fiscales otorgados a la población, mediante el reconocimiento de una situación económica compleja y la existencia de grupos vulnerables que habitan en zonas marginadas o perciben ingresos mínimos.“Consideramos pertinente mantener medidas tendientes a abatir el rezago, respecto del cumplimiento de obligaciones fiscales por parte de los ciudadanos que no han logrado mejorar su capacidad contributiva, como consecuencia de la crisis económica global”, señala el dictamen a la iniciativa presentado por las comisiones de Planeación y Gasto Público y Finanzas Públicas, que presiden los diputados Enrique Jacob Rocha (PRI) y el citado Arturo Piña.Respecto del impuesto predial —cuyo incremento no podrá ser mayor a 20 por ciento respecto de 2010—, ratificaron las bonificaciones por pago anual anticipado del 10, 8 y 6 por ciento (por pago mensual, bimensual o semestral), cuando se efectúen en los primeros tres meses del año; y por pago puntual —a los contribuyentes que en los dos últimos años hayan cubierto esta obligación— se les gratificará con un estímulo adicional de 6 y 4 por ciento si este año hacen sus pagos durante enero y febrero.Para el suministro de agua potable, la compensación será de 8, 6 y por ciento por pago anticipado, y del 4 y 2, por pronto pago en los tres primeros meses del año.En los casos de pago anticipado y cuando el contribuyente cuente con medidor, se hará el cobro sobre el promedio del año inmediato anterior (2010), haciendo el ajuste necesario sobre lo cubierto y consumido semestralmente. Cuando haya diferencia a favor del ayuntamiento o el ciudadano, se hará el cobro o la retribución del caso.Para ambos impuestos, la LVII Legislatura aprobó un estímulo especial a huérfanos menores de 18 años, adultos mayores, discapacitados, viudas y viudos sin percepciones fijas; además personas cuyos ingresos no rebasen tres salarios mínimos, de hasta el 34 y 38 %. Las condiciones y montos de estos apoyos, se decidirán por los cabildos, que deberán realizar, con la supervisión del Instituto Hacendario del Estado de México (IHAEM), el estudio correspondiente para determinar las zonas marginadas donde mayormente radican estos grupos vulnerables.La Ley de Ingresos de los Municipios 2011, también autoriza a los ayuntamientos a subsidiar hasta con cien por ciento a los contribuyentes que acrediten encontrarse entre los grupos vulnerables arriba señalados, del pago de aprovechamientos (reintegros, uso o explotación de bienes de dominio público, sanciones administrativas, indemnizaciones por daños a bienes municipales, subsidios, subvenciones, donativos, herencias, legados y cesiones) y accesorios (recargos, multas, gastos de ejecución e indemnización por devolución de cheques).Asimismo, también por acuerdo del cabildo, a exentar del pago de predial a quienes regularicen la tenencia de sus predios, incluidos ejercicios anteriores y los accesorios causados; en términos similares, a los sujetos del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio, incluidos los recargos y multas causados en años anteriores. Este apoyo aplica también a quienes adquieran viviendas de tipo social progresiva, de interés social y popular (cuyos costos se ubican entre 248 mil y 471 mil pesos)
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